Nota Aclaratoria:
"La Secretaría General de la Presidencia de la República, es una institución que no tiene bajo su responsabilidad el manejo de recursos para ejecución de obras y proyectos. Únicamente tiene un presupuesto asignado para su funcionamiento."
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Normativa
Constitución Política de la República de Guatemala, “Artículo 202. Secretarios de la Presidencia. El Presidente de la República tendrá los secretarios que sean necesarios. Las atribuciones de éstos serán determinadas por la ley”.
Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97, “Artículo 8. Naturaleza de las Secretarías de la Presidencia. Las Secretarías de la Presidencia son dependencias de apoyo a las funciones del Presidente de la República. No ejercen funciones de ejecución de programas, de proyectos y de ninguna otra función a cargo de Ministerios u otras instituciones de Gobierno.”
Reglamento Orgánico Interno de la Secretaría General de la Presidencia de la República, Acuerdo Gubernativo Número 80-2020, “Artículo 2. Naturaleza.La Secretaría General de la Presidencia de la República es el órgano responsable del apoyo jurídico y administrativo de carácter constante e inmediato del Presidente de la República.”
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Visión
Consolidarse para el año 2025 como una institución pública innovadora, que mediante el control interno y el uso de las tecnología de la información u comunicación, tramita con calidad, eficiencia y eficacia los asuntos de Gobierno del Despacho del Presidente de la República, velando por la legalidad, seguridad y certeza jurídica en su accionar. -
Misión
Somos la institución pública que vela por la legalidad, seguridad y certeza jurídica en el accionar del Presidente de la República, tramitando de manera constante, oportuna, eficiente y eficaz los asuntos de sus Gobierno. -
Principios y valores
Principios
- Legalidad
- Eficiencia
- Eficacia
- Solidaridad
- Rendición de cuentas
Valores
- Responsabilidad
- Integridad
- Proactividad
- Equidad
- Lealtad
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