Información Pública de Oficio

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Artículo 27 Distribución analítica

“Dentro de los quince (15) días de entrada en vigencia de la Ley de Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado del ejercicio fiscal correspondiente, el Organismo Ejecutivo aprobará mediante acuerdo gubernativo, la distribución analítica del presupuesto, que consiste en la presentación desagregada hasta el ultimo nivel previsto en los clasificadores y categorías programáticas utilizados, de los créditos y realizaciones contenidas en el mismo.
 
La distribución analítica del presupuesto se considerará información pública de oficio de acuerdo a la Ley de Acceso a la Información Pública.”
 
 
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01. Acerca de nosotros

La Secretaría General de la Presidencia de la República es el órgano responsable del apoyo jurídico y administrativo de carácter constante e inmediato del Presidente de la República.

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02. Nota aclaratoria

"La Secretaría General de la Presidencia de la República, es una institución que no tiene bajo su responsabilidad el manejo de recursos para ejecución de obras y proyectos. Únicamente tiene un presupuesto asignado para su funcionamiento."

03. Nuestra oficina

Centro Histórico, Guatemala

6av. 5-34 zona 1

+502 2318-4600


Horario

Lunes a Viernes

09:00 - 17:00 hrs.

04. Solicitudes de información pública

Secretaría General de la Presidencia

 libreacceso@sgp.gob.gt


Sr. Presidente de la República

 libreaccesopresidente@sgp.gob.gt

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